En vista de que empieza a ser noticia en las
redes sociales, mujeres que han sido expulsadas de sitios públicos por
amamantar a sus bebes, y esperando a que saquen alguna ley que nos ampare. me decido a escribir una entrada para saber que derechos
tenemos.
La OMS recomienda dar lactancia materna exclusiva y a demanada hasta los 6 meses y complementando con alimentación hasta los dos años o mas.
“La lactancia materna es la forma ideal de aportar a los niños pequeños los nutrientes que necesitan para un crecimiento y desarrollo saludables. Prácticamente todas las mujeres pueden amamantar, siempre que dispongan de buena información y del apoyo de su familia y del sistema de atención de salud. La OMS recomienda el calostro (la leche amarillenta y espesa que se produce al final del embarazo) como el alimento perfecto para el recién nacido, y su administración debe comenzar en la primera hora de vida. Se recomienda la lactancia exclusivamente materna durante los primeros 6 meses de vida. Después debe complementarse con otros alimentos hasta los dos años.”
Viendo lo
que dice la OMS, todos los niños tienen derecho a tomar teta cuando quieran, y
cuando quieran significa en un restaurante mientras cenamos, en un centro
comercial mientras damos un paseo, en un banco del parque, en una tienda…DONDE
QUIERAN.
Seguimos:
Que dice la LO 1/92 del Codigo Penal en el Capitulo IV, articulo 185:
“El que ejecutare o hiciere ejecutar a otra
persona actos de exhibición obscena ante menores de edad o incapaces, será
castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o multa de 12 a 24
meses.”
Que se
entiende por exhibisionismo según la Real Academia de la Lengu Española:
“Perversión
consistente en el impulso a mostrar los órganos genitales.”
Como no queda muy específico, vamos a buscar
una explicación mas larga en wikipedia:
“Inclinación
de un individuo a exponerse en público de forma espontánea y excesiva.
El término también refiere especifica y más convencionalmente a la conducta o
perversión de mostrar los órganos sexuales y órganos considerados como partes
íntimas como los genitales, glúteos, torso y pechos, a otras personas”
Queda bastante claro, que amamantar a un bebé no es exhibicionismo, por
lo que no estamos incurriendo en nada ilegal.
Ahora vemos con que “derecho” nos pueden echar de un lugar de acceso al
publico:
“Derecho de admisión: facultad
que tienen los titulares de los establecimientos públicos y los organizadores
de espectáculos y de actividades recreativas de determinar las condiciones de acceso al recinto dentro de unos límites legales.
- Según
marca la Constitución española en su artículo 14, debe existir respeto a
la dignidad de las personas y a sus derechosfundamentales. Todo el mundo es igual ante la
ley, sin que pueda prevalecer ninguna discriminación.
- Evitar
negar a nadie, de forma arbitraria o improcedente, la entrada a los
locales públicos.
- Las
condiciones tienen que ser objetivas, no arbitrarias o improcedentes.
- Las
condiciones deben ser públicas y cumplir los siguientes requisitos:
exhibir un rótulo en el que aparezcan las condiciones objetivas (accesos,
visible desde el exterior y si hubiere en las taquillas), un rótulo en el
que aparezca el aforo máximo permitido (entrada), y la aplicación de
dichas condiciones debe hacerse en términos de igualdad.
Limitaciones de acceso:
- Cuando
se haya completado el número de plazas que establece la licencia del
local.
- A
aquellas personas que manifiesten actitudes violentas o agresivas.
- A las
personas que porten armas u objetos que puedan ser usados como tales.
- A las
personas con ropas o símbolos que inciten a la violencia, al racismo o a
la xenofobia.
- A
aquellas personas que muestren síntomas de haber consumido sustancias
prohibidas.
- Es
posible expulsar a aquellas personas que dificulten el correcto desarrollo
del espectáculo o actividad.”
Así que como
amamantar a nuestro bebé no está encasillado en ninguno de los apartados, no
nos pueden echar de ningún sitio.
¿Que pasa entonces
cuando nos “invitan” a abandonar un
local o a usar la sala de lactancia?
Tenemos dos opciones
según el ruido que queremos hacer: (hay que recordar que nosotros somos los
perjudicados)
1-Llamar a la Policía
Local, ya que nos están echando de un sitio ilegalmente, ya que las victimas
somos nosotros.
2-Pedir una hoja de
reclamaciones.
Recordar que siempre
sin perder los estribos, gritando y discutiendo no se va a ninguna parte y mas haciéndolo
con alguien que ve obsceno amamantar en publico.
Foto Muntsabee |
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